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SMTP Error: Could not connect to SMTP host. Nueva Ley integral sobre MENAS en Italia
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El boletín EUMIGRE reúne las noticias más relevantes de cada mes sobre asilo y refugio y sobre el  fenómeno general de la migración en Europa así como a hechos derivados de la misma en el campo de la inmigración, ciudadanía, integración, inclusión social, Derechos Humanos, diversidad y no discriminación acontecidas en el seno de la Unión Europea.

Nueva Ley integral sobre MENAS en Italia

El país actualmente acoge a unos 17.000 menores.

El pasado mes de marzo, en Italia se ha aprobado la primera Ley Integral sobre protección de los menores extranjeros no acompañados.

La llamada “Ley Zampa” crea un sistema nacional de acogida simplificado, que cumple unos estándares mínimos en todas las instalaciones. La normativa establece que los menores no acompañados o separados de sus familias no serán sometidos a deportaciones que puedan causarles más daño.

Por primera vez se rigen de manera integral y por ley todas las modalidades y procedimientos para la verificación de edad e identificación de los menores no acompañados, asegurando su uniformidad en todo el país. Los resultados serán notificados tanto al menor que a su tutor provisional, garantizando así la posibilidad de apelar. Asimismo, se garantiza asistencia en el proceso estableciendo la presencia de mediadores culturales durante todo el procedimiento.

El sistema de acogida integrada se ajustará a las necesidades de los y las MENAS, entre estructuras de acogida dedicadas exclusivamente a menores, dentro del cual los niños pueden vivir no más de treinta días, y el sistema de protección para los solicitantes de asilo y los menores no acompañados.

Se introduce la búsqueda de la familia de todos los menores por parte las autoridades competentes en perseguir el interés superior de la infancia y es garantizada la comunicación de los resultados de las investigaciones ambos al tutor y al menor.

La competencia sobre retorno asistida también pasará al Tribunal para los menores, institución constitucionalmente indicado para la determinación del interés superior de niños y niñas.

Los diversos permisos de residencia previstos pasan a ser solamente dos, por menoría de edad o por motivos familiares. El menor podrá además solicitar directamente el permiso de residencia a la jefatura de policía competente, incluso en ausencia de la designación del tutor.

Cada Tribunal de menores deberá establecer una lista de "tutores voluntarios" para asumir la protección de los MENAS a través de una figura adulta debidamente formada. Asimismo, la ley promueve el desarrollo de medidas de acogida familiar y no en estructuras.

Se proporcionan para una mejor protección futura del derecho a la educación y salud, con medidas como la capacidad inscripción al servicio nacional de salud, incluso antes de la designación de los tutores, la activación de convenios específicos para el aprendizaje, así como la capacidad de obtener los diplomas de los cursos incluso cuando, alcanzada la mayoría de edad, no se posee un permiso de residencia.

Finalmente, la posibilidad de apoyar a los jóvenes adultos hasta los 21 años de edad cuando haya necesidad para alcanzar la integración en Italia.

Por primera vez se declara para los menores extranjeros no acompañados el "derecho a ser escuchados" en procedimientos administrativos y judiciales que les afectan y el derecho a la asistencia letrada gratuita.

Se introduce la posibilidad para las asociaciones de defensa de recurrir en sede administrativa para anular actos de la administración pública que consideran infringir los derechos de los menores no acompañados y de intervenir en acciones que les conciernen.

Especial atención se dedica finalmente a los menores de edad víctimas de trata o a aquellos en situación de riesgo o de mayor vulnerabilidad, por lo que se crea una base de datos para el correcto seguimiento del expediente del menor. 



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